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martes, 25 de mayo de 2010

LA NECESIDAD DE OBTENER CONOCIMIENTO


CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN SINDICATO ASOCIACION y FUNDACION
SINDICATO
Un sindicato es una organización democrática, integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral, respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que están relacionados contractualmente.
Los sindicatos, tras reunirse con sus afiliados, informarles y llegar a acuerdos previos o tomar conciencia de las necesidades del momento, negocian en nombre de estos (negociación colectiva) los salarios y condiciones de trabajo (jornada, descansos, vacaciones, licencias, capacitación profesional, etc.) dando lugar al contrato colectivo de trabajo.
El sindicato tiene como objetivo principal el bienestar de sus miembros, es decir asegurar condiciones dignas de seguridad e higiene laboral y generar mediante la unidad, la suficiente capacidad de negociación como para establecer una dinámica de diálogo social entre el empleador y los trabajadores. La libertad sindical de los trabajadores para crear, organizar, afiliarse, no afiliarse o desafiliarse, cambiar de sindicato es libre y sin injerencias del Estado, patrones, empleadores u otros sindicatos. Es considerado como un derecho humano básico.
Ciertos sectores del liberalismo consideran la actividad sindical contraria a la regulación de la esfera económica en cuanto que otorgaría ciertos privilegios a los trabajadores sindicalizados frente a los trabajadores autónomos que deciden no unirse. Con este argumento, algunos empleadores llegan a ir tan lejos como coartar la libertad de asociación del trabajador exigiendo la no-sindicalización como condición sine qua non para el empleo. los sindicatos son pioneros del movimiento obrero de principios del siglo XX que buscaba terminar con el trabajo infantil, conseguir mejoras para la seguridad durante el desempeño del trabajo, el incremento de los salarios para ambos sindicalizados y autónomos, elevando los estándares de vida de toda la sociedad, la reducción de horas de la jornada laboral, la promoción la educación pública y conseguir otros beneficios para la clase obrera.
De acuerdo al Capitulo Trabajo y Seguridad Social de la Constitución de la Republica se regula en el Art. 47 la organización sindical para los trabajadores y las asociaciones para los patronos, estas normas están desarrolladas en el Código de Trabajo de tal manera que los sindicatos se inscriben en el Ministerio de Trabajo por medio de un acta simple y la nomina de los afiliados. Así mismo es allí en donde la patronal y el sindicato negocian el CONTRATO COLECTIVO que es el que lleva dentro de si todas las reivindicaciones laborales, si no se ponen de acuerdo y el Ministerio de Trabajo tampoco lo logra puede llegar a la huelga como medida de presión de igual forma los patronos pueden hacer paro, esto al final se dilucida en los Tribunales Laborales.-


ASOCIACION
La libertad de asociación está garantizada por el art. 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en los siguientes términos:
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

La asociación es una organización de carácter legal en donde un número indeterminado de personas se unen con el fin de lograr ciertos fines reivindicaciones, mejoras en sus lugares de trabajo, presentar planes y proyectos para desarrollar en forma integral a sus miembros, tanto espiritual como material, así mismo ser el garante de los derechos de los mismos, esto está regulado en el Art. 7 de la Constitución de la Republica en donde se contempla el derecho de asociarse en forma pacífica para constituirse lo hacen en una escritura pública ante Notario, se inscriben en el Ministerio de Gobernación, en base a la Ley de Fundaciones y Asociaciones sin fines de lucro, luego se cancelan una cantidad de dinero y se llevan siete libros todos autorizados por el Ministerio, en especial el libro de cuotas de afiliados o cualquier entrada de dinero como en donaciones ya que están fiscalizadas esto surgió debido a que las asociaciones anteriores no se les controlaban sus entradas, todas las asociaciones se denominan ONGS y allí también se incluyen las iglesias, las asociaciones son de diferente naturaleza, pueden ser religiosas, gremiales, deportivas.-No pueden hacer una huelga ya que eso es solo por los sindicatos por ello su naturaleza jurídica es muy diferente su accionar es limitado y su forma de presión es la negociación.-
Por ello los fines de nuestra asociación son: a) Promover la filosofía, principios y objetivos para lo que fue creada la PNC según los Acuerdos de Paz, promoviendo en los y las miembros valores éticos, morales y profesionales que garanticen la confianza en la población b) Velar y propugnar por el fiel cumplimiento de los derechos laborales de todos los empleados y empleadas de la Policía Nacional Civil promoviendo acciones que permitan mejorar su calidad de vida. c) Impulsar todas aquellas actividades que no contravengan estos Estatutos, la Constitución de la República, ni las leyes secundarias; siempre y cuando favorezcan el desarrollo integral de sus miembros.-d) Hacer propuestas técnicas sobre la función policial, de manera decorosa y por los canales correspondientes para ante las autoridades de Seguridad Pública.
LA FUNDACION
Esta organización jurídica está constituida por escritura pública y se inscribe en el Ministerio de Gobernación su base es una cantidad de dinero del cual parte el desarrollo de la misma, puede hacer llegar fondos para mantener sus fines mediante, algún almacén, construcciones, si el dinero se termina y la fundación no puede cumplir sus fines desaparece, por lo general estas surgen de herencias o donaciones filantrópicas no tienen base Constitucional solo están reguladas por la Ley de Fundaciones y Asociaciones sin Fines de lucro.-


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