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martes, 18 de mayo de 2010

CAPACITACIONES EN LA PNC DEL TRIBUNAL DE ETICA




No obstante ls enormes deficiencias que tiene el Tribunal de Etica Gubernamental como el hecho de solo actuar por denuncia o aviso, sin tomar en cuenta que siendo un tribunal deberia actuar de oficio y tener mayores sanciones permitiria que los funcionarios corruptos serian procesados, para nosotros los de la Asociacion se abren otros senderos de denuncias contra los abusos. falta de etica, mal tratos, uso indebido de los bienes de la Institucion, para mayor informacion se deja el enlace y una muestra de la denuncia, si estamos empeñados en que nuestra Institucion sea trasparente hay muchos caminos, hay que hacer mencion que el Tribunal de Etica se encuentra en impartiendo capacitaciones a los miembros de la Institucion y que felicitamos su esfuerzo por que va encaminado a los fines establecidos en nuestros estatutos.-



FORMATO DE DENUNCIA CIUDADANA



Tribunal de Ética Gubernamental

I) Identificación del denunciante



Yo (nombre y apellido) de años de edad (profesión u oficio) del domicilio de con (documento con que se identifica) número , haciendo uso de la facultad otorgada por el artículo 18 de la Ley de Ética Gubernamental, con el debido respeto EXPONGO:




II) Identificación del servidor público denunciado



Vengo a denunciar a (nombre del servidor público denunciado), quien labora en
(nombre de la institución gubernamental donde labora), ejerciendo funciones en ( señalar la unidad o departamento institucional donde ejerce funciones el servidor público denunciado), bajo el cargo de ( citar el cargo específico del denunciado) quien puede ser notificado en (dirección donde puede ser notificado el servidor público denunciado).



III) Descripción clara del hecho denunciado



Declaro bajo juramento que los hechos que pretendo denunciar ocurren u ocurrieron de la manera siguientes: (incluir fechas, nombres, acontecimientos y datos que describan el modo, y lugar en que ocurren u ocurrieron los hechos en que se basa la denuncia)






Los hechos descritos demuestran que (nombre del servidor público denunciado) ha incumplido los deberes establecidos en las letras del art. 5 de la LEG, y/o ha trasgredido las prohibiciones contempladas en las letras del artículo 6 de la LEG ( especificar cada una de las letras de que se trate e indicar a continuación en qué forma se infringe cada uno).

Los hechos que anteriormente describí vulneran los deberes y prohibiciones éticas mencionadas por las siguientes razones:






IV) Prueba (que disponga al momento de interponer la denuncia)



Para probar los hechos que vengo a denunciar cuento con la prueba siguiente:
(Enunciar de forma numerada la prueba con la que cuenta el denunciante para probar los hechos. Puede hacerse uso de los medios de prueba tales como: documentos, testigos, peritajes, inspecciones, etc.)




V) Lugar para oír notificaciones



Señalo para recibir notificaciones la siguiente dirección:







VI) Lugar, fecha y firma de la denuncia



a los días de de




FIRMA:



NOTAS:
Si la denuncia no la presenta el ciudadano personalmente, es necesario legalizar la firma ante notario; o actuar por medio de apoderado. Art. 19 número 6 LEG.
La denuncia no puede estar dirigida contra las instituciones o dependencias que pertenezcan a éstas, juntas directivas, consejos o cuerpos colegiados, sino contra la(s) persona(s) que las integran y que han infringido la LEG.
En caso que la denuncia vaya dirigida a más de un funcionario o servidor publico, se debe individualizar el comportamiento de cada uno de ellos a efectos de imputárseles por separado la supuesta vulneración a los deberes y prohibiciones contenidas en la LEG.
Los hechos denunciados deben haber ocurrido después del 1° de julio del 2006.
Toda prueba ofrecida, deberá ser pertinente, es decir, debe ser apropiada para demostrar los hechos que se pretenden probar con la misma; por lo que, deberá expresarse concretamente en la denuncia que es lo que se pretende probar con cada prueba ofrecida. En caso de que la prueba ofrecida fuere declaraciones de testigos, deberá indicarse el nombre y generales del testigo, el lugar donde puede ser citado y que es lo que se pretende probar con su declaración.

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